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Febrero 19, 2026
¿Qué pasa con los fondos de la AFP cuando una persona fallece? En 2025 se pagaron US$290 millones a herederos
En el último año, se pagaron 12.400 herencias, las cuales se suman a pensiones de sobrevivencia y cuotas mortuorias, como parte de los beneficios que se activan tras la muerte de un afiliado.
Santiago, febrero de 2026.– Cuando una persona afiliada al sistema de pensiones fallece, sus ahorros previsionales no desaparecen. Dependiendo de la situación familiar y laboral, estos fondos pueden transformarse en pensiones para sus cercanos, en herencia o en un apoyo directo para cubrir los gastos funerarios.
De acuerdo con un informe publicado por la Asociación de AFP, durante 2025 el sistema otorgó 55.327 beneficios asociados al fallecimiento de afiliados, distribuidos en 31 mil cuotas mortuorias, para cubrir gastos funerarios. Además de más de 12 mil herencias, correspondientes a fondos acumulados en cuentas individuales. El resto, fueron 11.927 nuevas pensiones de sobrevivencia, las cuales fueron designadas a beneficiarios legales.
En total, las administradoras pagaron US$308 millones por concepto de herencias y cuotas mortuorias durante el año pasado. El monto se distribuyó en US$290 millones correspondientes a herencias y US$18,6 millones en cuotas mortuorias. En promedio, el monto pagado por herencia alcanzó los $21 millones en 2025, cifra similar a los niveles previos a la pandemia.
¿Cuándo se transforman los fondos en herencia?
Si al momento del fallecimiento no existen beneficiarios legales de pensión de sobrevivencia, los ahorros acumulados en la cuenta de capitalización individual pasan a formar parte de la herencia del afiliado. Esto incluye no solo la cuenta obligatoria, sino también cotizaciones voluntarias y depósitos convenidos.
Si la persona estaba trabajando, dependerá del contexto del fallecimiento. Si ocurre por accidente laboral o enfermedad profesional, las pensiones de sobrevivencia serán cubiertas por el Seguro de Accidentes del Trabajo. De esta manera, los fondos acumulados pueden convertirse en herencia.
En el caso de que la muerte haya sido fuera del contexto laboral, los fondos se destinan primero, a financiar pensiones de sobrevivencia. Solo si no hay beneficiarios legales, pasan a herencia.
Cuota mortuoria: hasta 15 UF para gastos funerarios
La cuota mortuoria es un beneficio económico que ayuda a cubrir los gastos funerarios cuando fallece un afiliado al sistema de capitalización individual o un beneficiario de la Pensión Garantizada Universal (PGU), en ciertos casos. El monto máximo es de 15 UF, equivalente a aproximadamente $595 mil a febrero de 2026.
¿Quién puede solicitarla?
- La persona que pagó los gastos funerarios.
- Si quien pagó es cónyuge, conviviente civil, hijos o padres, tiene derecho al monto completo.
- Si fue un tercero sin parentesco directo, solo se reembolsa lo efectivamente gastado, con tope de 15 UF.
En 2025 se pagaron 31 mil cuotas mortuorias, lo que representa un aumento de 4,7% respecto de 2024. Cabe destacar que entre 2004 y 2025, las AFP pagaron sobre 500 mil cuotas mortuorias y más de 180 mil herencias, lo que suma más de U$305 millones.
El diseño del sistema contempla distintas etapas tras el fallecimiento: primero, el apoyo inmediato a través de la cuota mortuoria; luego, si corresponde, pensiones de sobrevivencia; y finalmente, la herencia cuando no existen beneficiarios legales.
Para las familias, conocer estas diferencias puede marcar una diferencia relevante en momentos complejos, tanto para cubrir gastos urgentes como para acceder a los ahorros previsionales acumulados durante años de trabajo.