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Febrero 16, 2026

¿Retiro programado o renta vitalicia? Descubre las diferencias, beneficios, herencia, flexibilidad y cuál opción de pensión se adapta mejor a tu perfil al jubilar.

Elegir entre la seguridad de un monto fijo de por vida o mantener la propiedad y herencia de los fondos es la decisión clave al jubilarse, un proceso que no es obligatorio al cumplir la edad legal y que permite evaluar opciones.

La decisión sobre cómo pensionarse no es solo un trámite administrativo, sino un paso financiero estratégico determinante en  la calidad de vida en la etapa de retiro.

A continuación, desglosamos las principales opciones para que descubras que te conviene más según tu perfil como trabajador.

¿Qué es el retiro programado y qué beneficios tiene?

Es la modalidad donde los ahorros permanecen en la cuenta individual de la AFP  y  el pensionado lo recibe con una cuota variable mes a mes con ajustes anuales. Sus principales características son:

  • Propiedad y Herencia: Sigues siendo dueño de tu dinero. Si falleces y queda saldo, estos fondos son heredables.
  • Rentabilidad: Los ahorros continúan invertidos en los multifondos, lo que puede generar ganancias adicionales.
  • Flexibilidad: Permite al pensionado cambiarse a una renta vitalicia en el futuro si así lo decide.
  • Cálculo: El monto se recalcula año a año. Generalmente comienza con un pago más alto que tiende a disminuir con el tiempo.

¿En qué consiste la renta vitalicia?

En esta opción, el afiliado traspasa sus fondos a una Compañía de Seguros de Vida. A cambio, la empresa garantiza un monto fijo en UF de por vida, sin importar cuánto tiempo viva la persona o los vaivenes del mercado. Algunas de sus características son:

  • Irrevocabilidad: Una vez contratada, no es posible cambiarse de modalidad ni de compañía.
  • Sin herencia: El afiliado deja de ser dueño de los fondos, por lo que no hay herencia (salvo las pensiones de sobrevivencia para beneficiarios legales).

¿Es obligatorio jubilarse al cumplir la edad legal?

Al cumplir 60 años en el caso de las mujeres, o los 65 en el caso de los hombres, las personas tienen el derecho a jubilarse, pero no la obligación. Seguir trabajando y cotizando permite que tu capital acumulado siga creciendo, lo que suele traducirse en una pensión mensual más robusta al momento de hacerla efectiva.

¿Consultar por la pensión obliga a realizar el trámite?

De ninguna manera. Cualquier afiliado puede solicitar simulaciones y conocer sus opciones sin costo ni compromiso. Este paso es fundamental para que evalúes todas las variables como el Ahorro Previsional Voluntario (APV), los años cotizados y los beneficios del Seguro Social antes de tomar tu decisión final.