Julio 1, 2024
Mujer
Es muy importante que las mujeres conozcan el Sistema de Pensiones y sus implicancias.
El Estado ha previsto una bonificación para las mujeres madres. Aquí te entregamos la información que, en este caso, puede ayudarte.
Bonificación por Hijo
Es el beneficio que entrega el Estado a todas las madres que lo solicitan por cada hijo nacido vivo, sea biológico o adoptado, con el fin de mejorar su pensión.
- Es el beneficio que entrega el Estado a todas las madres que lo solicitan por cada hijo nacido vivo, sea biológico o adoptado, con el fin de mejorar su pensión.
- El bono equivale al 10% de 18 ingresos mínimos.
- Monto es depositado en la cuenta individual al cumplir los 65 años.
Los requisitos para acceder a este beneficio son:
- Estar pensionada a partir del 1 de julio del 2009.
- Tener 65 años cumplidos.
- Acreditar 20 años de residencia en Chile, entre otros.
¿Cuáles son los beneficios del Sistema?
La Seguridad Social es un derecho. Por eso, el Estado chileno procura garantizar el acceso a asistencia médica y proteger a las personas en casos de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, maternidad, accidentes del trabajo o pérdida del jefe de hogar, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por ley.
El Sistema de Pensiones en Chile está integrado por 3 pilares, que funcionan en forma coordinada e interrelacionada: el Contributivo u Obligatorio, el Voluntario y el Solidario.
A través del Pilar Solidario, introducido con la Reforma del año 2008, el Estado entrega una serie de beneficios dirigidos, actualmente, al 90% más vulnerable de la población con el fin de brindar protección y evitar la pobreza en la vejez. Estos son:
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI):
Permite acceder a un monto de 185.000 pesos a personas entre 18 años y menores de 65 años que son declaradas con invalidez y que no tienen derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.
Pensión Garantizada
Universal (PGU):
Es un beneficio estatal que beneficia a todas las personas a partir de los 65 años que no se encuentren en el 10% más rico de la población y que acrediten residencia en Chile por al menos veinte años, contando desde los 20 años de edad. Considera el pago mensual de $206.173 a los pensionados que reciben actualmente una pensión base menor o igual a $702.101. Quienes tengan una pensión actual base mayor a $702.101 y menor a $1.114.446, recibirán un beneficio cuyo monto irá disminuyendo progresivamente.
Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI):
Permite acceder a un complemento monetario mensual a personas que reciben una pensión previsional de invalidez por su incapacidad física o mental, lo cual le impide desarrollar un trabajo.
También puedes recibir pensión por:
Invalidez:
en caso de accidente o enfermedad que deteriore tu capacidad de trabajar en, al menos, un 50%.
Vejez:
beneficio que le da derecho a los afiliados a obtener una pensión desde que cumplen la edad legal de jubilación (60 años las mujeres y 65 los hombres).
Sobrevivencia:
pensión para un grupo familiar frente al fallecimiento de un afiliado.
Aporte Previsional Solidario (APS)
El Aporte Previsional Solidario es un complemento en dinero, financiado por el Estado, que se suma a la pensión autofinanciada por el trabajador, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
El monto del APS varía dependiendo de la pensión autofinanciada. Las personas con pensiones más bajas reciben más apoyo del Estado.
Quienes cumplan con los requisitos deben postular a través de la AFP o del Instituto de Previsión Social (IPS).
Algunos requisitos
- Tener 65 años de edad o más.
- Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% de menores ingresos de la población.
- Acreditar 20 años de residencia en Chile.
Pensión Básica Solidaria (PBS)
La Pensión Básica Solidaria (PBS) de Vejez e Invalidez es el beneficio financiado por el Estado al que pueden acceder personas que nunca cotizaron o no tienen derecho a una pensión en algún sistema previsional.
Esta pensión se destina al 60% más vulnerable de la población que reúna los requisitos.
El acuerdo establece un aumento según tramos etarios y de forma gradual será de la siguiente forma:
- Para mayores de 80 años se establece un aumento de un 50% para el 1 de enero de 2020.
- El segundo tramo, para aquellos que tengan entre 75 y 80 años, se fija un incremento de un 30% que se hará efectivo en la misma fecha y luego avanzará hasta el 50% el año siguiente, es decir, en 2021.
- Para el grupo entre 65 y 75 años, habrá un aumento de un 25%, que pasará a un 40% en 2021 y a un 50% en 2022.
Algunos requisitos
- Haber cumplido 65 años de edad.
- Haber sido declarado con invalidez por la Comisión Médica.
- Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% de menores ingresos de la población.
- Acreditar 20 años de residencia en Chile.
2019 | 2020 | 2021 | 2022 | |
80 años y más | $110.201 | $165.302 | ||
75 – 79 años | $110.201 | $143.261 | $165.302 | |
Menores de 75 años | $110.201 | $137.751 | $154.281 | $165.302 |