Fondos Generacionales Discusiones en Latinoamérica
 

Reforma de Pensiones

Todo sobre la Reforma de Pensiones

Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

Aumento de la PGU

Cotización adicional del 8,5%

Beneficio por años cotizados

Compensación a mujeres

Fondos Generacionales

Cotización con rentabilidad protegida (préstamo)

Licitación de afiliados

Preguntas frecuentes

La Ley 21.735 fue publicada en marzo de 2025, sin embargo hay cambios que aún no se implementan, por ejemplo, el aumento de la PGU será para todos los beneficiarios en 2028 y el cambio a fondos generacionales, en 2027.
Sí, pero en etapas: en 2025 aumentó la PGU para los beneficiarios de 82 o más años. En septiembre de 2026 para los de 75 años y más, y en 2027 para todas las personas desde los 65 años. El monto será de $250.000 (más reajustes por IPC).
Sigue siendo necesario tener residencia en Chile (20 años desde los 20 años de edad y además, 4 en los últimos 5 antes de la solicitud), estar dentro del 90% más vulnerable y tener 65 años o más (aun si no están pensionados).
La PGU se solicita en el Instituto de Previsión Social (IPS), en ChileAtiende, la AFP o municipalidades. No se entrega de forma automática: debes postular. Lo que sí es automático, es el reajuste del monto a $250.000 dependiendo de tu edad.
El aporte adicional llegará hasta 8,5% de tu sueldo imponible. Se implementará en forma gradual y no reducirá tu sueldo líquido actual.

Tus ahorros se traspasarán automáticamente al Fondo Generacional que te corresponda.

No. Serás asignado automáticamente a un Fondo Generacional según tu año de nacimiento.

Las AFP deberán implementar los fondos generacionales e informarte cómo evoluciona tu inversión.
Es un nuevo componente del sistema de pensiones. El SSP paga el Beneficio por Años Cotizados, la Compensación por Expectativas de Vida y además, administra la Cotización con Rentabilidad Protegida.

El Instituto de Previsión Social (IPS) tendrá un rol clave en su gestión, recaudación y pago de beneficios, junto al FAPP que administrará los recursos.

El Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) es un fondo creado para administrar los recursos que financian parte de los beneficios de la reforma, como el Seguro Social Previsional, el SIS y los aportes por años cotizados. Tiene administración autónoma y su gestión de inversiones se licita a entidades privadas especializadas, mientras que el Instituto de Previsión Social (IPS) cumple un rol operativo en la recaudación, pago de beneficios y coordinación.

Es un mecanismo transitorio en que parte de la cotización financiará al FAPP. Ese dinero se devolverá al afiliado cuando se jubile, pagado en 240 cuotas mensuales (20 años).

Es un beneficio adicional que aumenta la pensión de las mujeres, considerando que viven más años. El monto crece si postergan su edad de jubilación.

Si no cumples los años mínimos (20 hombres, 10 mujeres que subirán a 15 en 2035), no accederás a este beneficio.

La reforma de pensiones estableció la obligación de que el Ejecutivo ingresara un Proyecto de Ley que buscara abordar el aumento de la cotización para aquellas personas que trabajaran de forma independiente. En marzo de 2026 ese proyecto fue ingresado a la Cámara de Diputados, el que está en su primer trámite constitucional.

Por ahora, la situación previsional de los independientes no cambia y se mantiene la gradualidad del aumento de la retención y de la cotización para quienes emiten boletas de honorarios hasta llegar al 17% de la retención en el año tributario 2028.
Hitos de la
Reforma de Pensiones
Conoce las fechas clave de la Reforma de Pensiones y los cambios que se implementarán paso a paso.