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Mayo 18, 2026
Trabajo de casa particular: el costo silencioso de no cotizar y qué debes hacer para establecer formalidad
La falta de cotizaciones en el trabajo en casas particulares no solo afecta derechos laborales y previsionales, sino que deja a miles de personas sin acceso a indemnización, seguro de cesantía ni pensión. Los mecanismos de protección existen, pero su alcance real depende de que la relación laboral esté formalizada.
Puertas adentro o puertas afuera, miles de trabajadoras y trabajadores sostienen día a día el funcionamiento de los hogares chilenos. Sin embargo, la informalidad sigue siendo un problema persistente en el sector, con efectos directos sobre el acceso a la seguridad social: deja a estos trabajadores fuera de mecanismos concretos de protección económica que pueden marcar la diferencia en momentos críticos, como la pérdida del empleo o el término de una relación laboral.
Cuenta Ahorro Indemnización (CAI) + Seguro de Cesantía
Un relevante instrumento es la Cuenta Ahorro Indemnización Individual (CAI), que corresponde a una cuenta de ahorro dirigida a trabajadores de casa particular.
Es una cuenta personal e independiente de la Capitalización Individual y el Ahorro Voluntario que tiene como objetivo financiar la indemnización a todo evento cuando se termine el Contrato de Trabajo, ya sea que estén afiliados a AFP o IPS. Es decir, es una cuenta que sirve como mecanismo de protección económica al término de la relación laboral.
Al finalizar la relación laboral, el trabajador puede acceder al monto acumulado presentando el finiquito debidamente ratificado, completando el formulario respectivo y acreditando su identidad. La indemnización se financia con el aporte mensual por parte del empleador equivalente al 1,11% de la remuneración mensual imponible, por un periodo máximo de 11 años. Este aporte forma parte de una cotización total de 4,11%, actualmente distribuida en 3% para el Seguro de Cesantía y 1,11% para la Cuenta de Ahorro de Indemnización, destinada a financiar la indemnización a todo evento ante el término de la relación laboral.
En el caso del Seguro de Cesantía, los trabajadores de casa particular están afiliados de manera obligatoria desde octubre de 2020. El empleador aporta un 3% de la remuneración imponible, distribuido entre una Cuenta Individual de Cesantía (2,2%) y un Fondo de Cesantía Solidario (0,8%). Para acceder a estos recursos, se requiere contar con al menos 10 cotizaciones —continuas o discontinuas— y acreditar el término del contrato. Los montos y duración de los pagos dependen del saldo acumulado, con un máximo de hasta 13 giros desde la cuenta individual, siempre que existan fondos suficientes.
Lo único que es necesario para hacer efectivo el retiro de la cuenta de ahorro de indemnización es tener a mano el respaldo del finiquito legalizado ante la Dirección del Trabajo o ante notario, o el acta de término de relación laboral de trabajador de casa particular, junto con cédula de identidad.
Cabe enfatizar que cuando no existe cotización, estos beneficios pierden efectividad. No se acumulan fondos suficientes para la indemnización, se limita el acceso a ingresos en caso de cesantía y tampoco se generan los aportes previsionales necesarios para la jubilación. En la práctica, esto expone a los trabajadores a escenarios de alta vulnerabilidad económica y limita su capacidad de enfrentar periodos sin empleo.